Se declaró como infundada la queja que el regidor Sebastián Cano Rodríguez que interpusiera ante el Tribunal Elector de Veracruz contra la alcaldesa porteña, Patricia Lobeira, esto presuntamente por obstaculizar su trabajo en dicha regiduría, tras argumentar que se le impidió el pasado 31 de marzo accesar a una sesión de cabildo.
Cabe recordar que Sebastián Cano promovió el juicio para la protección de los derecho político-electorales del ciudadano TEVDC-46/2023, esto bajo su calidad de Regidor Sexto del Ayuntamiento de Veracruz.
Sin embargo, el Pleno del Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) resolvió 13 medios de impugnación, entre ellos este, mismo que declararon no cuenta con fundamentos para para poder ejercer el agravio que asegura él se le cometió en el ayuntamiento de Veracruz.
Esto a pesar que la parte actora presentó un link que se encuentra en su perfil de Facebook, Sebastián Cano con fecha del mes de abril, mismo que presentó como prueba de su supuesta violación en materia de estudio, sin embargo, el TEV indicó que esa prueba no fue suficiente para acreditar que se cometió tal acción en su contra.
El TEV indicó que no es posible dar certeza a que se hubiesen registrado los hechos como los expone la parte actora, argumentando que el juicio para la protección de los derecho político-electorales del ciudadano promovido no cuenta con más elementos probatorios.
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