No hay que heredar problemas, es una de las recomendaciones de los abogados y notarios, quienes recomiendan hacer testamento a todas las personas que poseen bienes y, que, en un momento dado, pueden heredar a sus familiares.
De acuerdo al abogado Alfredo Zúñiga Esperilla, delegado de la Federación Mexicana de Colegios de Abogados de Veracruz, el testamento es un acto personalísimo, revocable y libre, por el cual una persona capaz dispone de sus bienes y derechos, y declara o cumple deberes para después de su muerte.
“Por el contrario, cuando alguien no deja testamento, muere intestado, es decir, la persona no dejó testamento al morir y en este caso, los familiares tienen qué promover un juicio sucesorio intestamentario”, explicó.
El especialista en Derecho aclaró que la ley dice que quienes tienen derecho a abrir este juicio son los descendientes en primer grado, los hijos, los padres, los nietos, si estos no existieran, podrían ser sobrinos o hermanos.
“Desafortunadamente existe un desconocimiento de estos temas entre la sociedad y muchas personas que tienen bienes no hacen su testamento”, lamentó.
Recomendó que lo mejor es estar preparado ante un suceso que es inevitable.
“Nadie tiene la vida comprada y pueden suceder accidentes o enfermedades y en estos casos, al fallecer las personas sin dejar un testamento, lo que heredan son problemas a los familiares que tienen que realizar un juicio sucesorio intestamentario para lo que deben denunciar la sucesión testamentaria, a través de un juzgado familiar quienes se consideren familiares tienen que abrir la sucesión”, indicó.
Añadió que para ello, primero que nada, la autoridad hace una investigación para averiguar si hay o no hay un testamento, ya que en algunos casos los familiares no saben que la persona dejó un testamento, pues en ocasiones prefieren no decir si lo hicieron.
“Sin embargo, la obligación de la autoridad es averiguar si existe o no un testamento y en caso de que no lo haya, entonces se tiene que realizar todo un procedimiento, con testigos y al final nombrar herederos a las personas que hayan demostrado que tiene derecho a la herencia de alguien que falleció sin haber dejado testamento”, finalizó.
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