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28 de octubre del 2024
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LFT: ¿Me deben pagar más si trabajo el 1 o 2 de noviembre? Esto dice la ley

Esto dice la LFT sobre las personas que les tocará tranbajar el próximo 1 y 2 de noviembre
Veracruz | 2024-10-28 | Fabián González
LFT: ¿Me deben pagar más si trabajo el 1 o 2 de noviembre? Esto dice la ley
El 1 y 2 de noviembre, Día de Muertos.
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Los días 1 y 2 de noviembre son de las fechas que más esperan los mexicanos porque las celebraciones por Día de Muertos están llenas de tradición y colorido, más en Veracruz, que es de los lugares preferidos del turismo para disfrutar estas festividades.

Sin embargo, pese a que muchas empresas otorgan a sus trabajadores estos días para honrar a sus amigos y familiares que ya no están con ellos, con la colocación de altares de muertos o la visita de panteones, otros sí deben laborar, es donde surje la pregunta: ¿Son días de asueto laboral?

Esto es lo que dice la Ley Federal del Trabajo sobre el 1 y 2 de noviembre

El Día de Muertos en México, celebrado los días 1 y 2 de noviembre, es una festividad arraigada en la cultura mexicana.

La UNESCO otorga al Día de Muertos el estatus de Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad en reconocimiento a su significado y tradiciones arraigadas en la sociedad mexicana.

Esta festividad es una ocasión para honrar y recordar a los seres queridos que han fallecido. En educación básica es común que se otorgue y el día 2 de noviembre a los alumnos y muchas empresas también lo hacen, sin embargo, esta decisión queda a criterio de cada empleador y no es una norma legal.

El 2 de noviembre no se considera un día de asueto laboral según la Ley Federal del trabajo.

Las personas que trabajarán este próximo 1 y 2 de noviembre el salario seguirá siendo el establecido para un día laboral estándar.

La Ley Federal del Trabajo no establece una tarifa diferenciada o bonificación adicional para el Día de Muertos. Así, quienes desempeñen sus labores en estas fechas recibirán el salario habitual.

¿Cuál es el próximo día festivo?

El mes de noviembre cuenta con una fecha que requiere una compensación triple: el lunes 20 de noviembre, Día de la Revolución Mexicana.

De acuerdo cuerdo con la Ley Federal del Trabajo, este tercer lunes de noviembre es considerado feriado, por lo tanto, se espera que los trabajadores descansen en esta fecha o, en caso de trabajar, se les otorgará una remuneración tres veces mayor a la usual.

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