Todas las personas físicas con interés en mantenerse o incorporarse al Régimen Simplificado de Confianza (Resico) deberán seguir las indicaciones del Servicio de Administración Tributaria (SAT) compartidas este lunes.
Este régimen especial dirigido a personas físicas entró en vigor en enero del 2022, con el objetivo de brindar facilidades a nuevos contribuyentes y a emprendedores. Los principales beneficios que ofrece son los siguientes:
- Tasas mínimas para el pago del impuesto sobre la renta (ISR), que van de 1% al 2.5%.
- Cálculo automático de impuestos.
- Simplificación de precarga de información en las declaraciones.
- Los ingresos y gastos se consideran hasta que se perciban y se paguen efectivamente.
- El pago del ISR se realiza de forma sencilla, rápida y eficaz.
- Exención en el pago del ISR para aquellos que se dediquen exclusivamente a actividades del sector primario y sus ingresos sean menores a 900,000 pesos al año, siempre emitan facturas a sus clientes.
¿Qué requisitos debo cumplir para entrar al Resico del SAT?
Aquellos que deseen acogerse a este régimen deberán cumplir con los siguientes requisitos este 2024:
Estar activos en el RFC.
- Estar al corriente con sus obligaciones fiscales.
- No encontrarse en el listado del 69-B del Código Fiscal de la Federación.
- Presentar los pagos provisionales, así como su declaración anual.
- Tener ingresos efectivamente pagados menores a 3.5 millones de pesos al año.
- Contar con e.firma y Buzón Tributario activo.
Cabe aclarar que existen personas físicas que, aunque cumplan los postulados anteriores, no podrán adherirse al Resico. Estos son los casos:
- Personas físicas que residan en el extranjero.
- Que tengan uno o varios establecimientos permanentes en el país.
- Cuenten con ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes o sean socios o accionistas de personas morales.