El consumir bebidas alcohólicas en la vía pública puede considerarse como un delito, el cual se encuentra estipulado en el Reglamento sobre bebidas alcohólicas para el estado de Veracruz 2024, donde se dan a conocer las multas que pudieran establecerse en caso de infringir.
Recuerda que consumir bebidas alcohólicas en diferentes circunstancias, desde la vía pública hasta ir conduciendo, te pueden hacer acreedor a una multa, por lo que es esencial que conozcas que contiene dicho reglamento y si puedes consumir bebidas en la vía pública como el boulevard Manuel Ávila Camacho en Veracruz.
Este reglamento se encuentra válido en todo el territorio del estado y su objetivo es regular, esto de conformidad con lo establecido en el capítulo III del Título Décimo Primero de la Ley Estatal de Salud.
Establece que las bebidas alcohólicas para los efectos, se consideran bajo este criterio todas aquellas que contengan alcohol etílico en una proporción mayor al 2 por ciento en volumen y se clasifican de la siguiente manera:
Los productos cuyo contenido alcohólico sea mayor de 55 grados G. L., se consideran como alcohol no potable y no se autorizará su venta o suministro al público, para ingestión directa.
El reglamento señala que las bebidas que contengan alcohol en una proporción igual o menor del 2 por ciento, no estarán sujetas a las disposiciones de este Reglamento, siempre que se acredite ante la Secretaría de Salud y Asistencia, que reúnen las condiciones higiénicas necesarias.
Se establece que el monto de las multas será equivalente de diez hasta cien veces el salario mínimo vigente en la zona, sin embargo, debido a la gravedad de la cuestión, es que se pudieran establecer multa de cincuenta a quinientas veces el salario mínimo, es decir, estas pueden costar hasta más de 5 mil pesos.
En caso de reincidencia se duplicará el monto de la multa que corresponda, este se entiende cuando el infractor viole las mismas disposiciones del reglamento dos o más veces en el mismo periodo del año, por lo que se deberá sancionar con otras instancias correspondientes.
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