Tal como lo establecen las leyes en el país, la Secretaría del Trabajo confirma que todas las personas trabajadoras tienen derecho a recibir las prestaciones por parte de la empresa para la cual laboran, tales como aguinaldo, vacaciones, prima vacacional, seguridad social y el pago del salario correspondiente al trabajo desempeñado.
Pero, además, la Secretaría del Trabajo establece que los trabajadores tienen otros derechos dentro de la empresa o compañía para la cual trabajan, tales como a la promoción y capacitación en el trabajo.
De igual manera, respecto a sus derechos humanos, también tienen el derecho a no ser discriminados, tanto hombres como mujeres, para acceder o ascender a un puesto de trabajo, así como al respeto de su intimidad e integridad física, a percibir el salario pactado en tiempo y forma, así como aguinaldo, vacaciones y prima vacacional.
Las leyes mexicanas también protegen las creencias e ideologías de los trabajadores, por lo que deben ser respetados por su condición física, étnica, religiosa, económica y preferencia sexual.
Para los trabajadores que tienen más de 15 años de laborar para el mismo patrón, tienen derecho a una prima de antigüedad, se adquiere, precisamente al cumplir 15 años de trabajo continuos en la misma empresa.
La ley establece que todos los trabajadores tienen derecho a la seguridad social ya sea a través del IMSS o el ISSSTE. En caso de que el patrón no lo haga, los empleados pueden acudir a las subdelegaciones de la institución de seguridad social correspondiente para solicitar su alta.
En caso de no contar con seguridad social, y de que el empleado sufra un accidente, el patrón tiene la obligación de cubrir los gastos médicos que se generen por el accidente de trabajo hasta la recuperación total, así como el pago del salario por el tiempo de incapacidad.
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