Las personas con discapacidad tienen derechos como todos los mexicanos, pero además la Constitución Mexicana, en su artículo primero los protege por el estado de vulnerabilidad en el que se encuentran.
La ley considera a personas con discapacidad a quienes tienen alguna limitación, ya sea: física, mental, intelectual o sensorial, que puede ser permanente o temporal para realizar sus actividades cotidianas; además que para desenvolverse en su entorno social encuentran barreras que pueden impedir el ejercicio pleno y efectivo de sus derechos en igualdad de condiciones con los demás.
En el artículo primero de la Constitución mexicana se prohíbe la discriminación motivada por alguna discapacidad en las personas.
Además, la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad garantiza y protege los derechos de las personas con discapacidad reconocidos en la Constitución y en los tratados internacionales.
En esta ley se establecen las condiciones mínimas en las que el Estado debe promover, proteger y asegurar el pleno ejercicio de los derechos humanos y libertades fundamentales de las personas con discapacidad, lo que asegura su plena inclusión a la sociedad en un marco de respeto, igualdad y equiparación de oportunidades.
Por lo tanto, en México, las personas con discapacidad deben gozar de sus derechos humanos en términos de igualdad y sin discriminación de ningún tipo.
Entre ellos se encuentran el derecho a la inclusión, a la no exclusión o distinción de ningún tipo, restricción o preferencia basada en su discapacidad, el derecho al trato con dignidad y respeto.
Además, tienen derecho a trabajar de acuerdo con sus capacidades y a recibir un salario igualitario, así como derecho a la igualdad y protección ante la ley.
En la parte de la salud, también están protegidos con un alto estándar para un tratamiento médico, psicológico, funcional y de rehabilitación médica y social.
Finalmente, entre sus principales derechos humanos se encuentran el derecho a la movilidad y a la accesibilidad.
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