El Fondo Nacional de Consumo para los Trabajadores es una opción para muchos mexicanos que requieren de recursos para afrontar la llamada, cuesta de enero, sobre todo ante los gastos que implicó el mes de diciembre.
Todos los trabajadores inscritos en el Instituto Mexicano del Seguro Social pueden acceder a los recursos siempre y cuando cuenten con los documentos que se requieren y realicen una cita previamente.
El Fonacot puede prestar el equivalente de hasta cuatro meses de su salario, eso sí, además reunir los requisitos el fondo considera diferentes, por ejemplo, el total de percepciones fijas, permanentes y en efectivo que aparecen en tu recibo de nómina.
El total de deducciones que aparecen en tu recibo de nómina, la antigüedad en tu centro de trabajo, la capacidad de pago mensual que tengas como resultado del análisis de tu recibo de Nómina (percepciones menos deducciones).
La capacidad de descuento que quieras que se aplique a tu sueldo mensual (10%, 15% o 20%).
El resultado de la calificación de tu Centro de Trabajo, realizada por el Instituto.
El plazo seleccionado de tu crédito. El resultado de la consulta de tu historial de pago a una sociedad de información crediticia.
Requisitos para obtener un crédito Fonacot:
- 1. Recibir ingresos a partir de un salario mínimo zona central en adelante, sin incluir prestaciones.
- 2. Contar con una edad mínima de 18 años.
- 3. Contar con una antigüedad de empleo mínima de seis meses
- 4. Laborar en uno o más Centros de Trabajo afiliados ante el Instituto FONACOT.
- 5. Número celular para llamada de validación en el momento.
- 6. Contar con mínimo dos referencias personales.
- 7. Correo electrónico personal.
- 8. Documentos a presentar en original
- 9. Identificación oficial vigente con fotografía y firma
- 10. Tarjeta de Residente Permanente
- 11. Estado de cuenta para depósito o listado o resumen de movimientos o equivalente
- 12. Comprobante de domicilio, con fecha reciente no mayor a 3 meses
- 13. 1 o 4 últimos recibos de nómina consecutivos, expedidos por tu Centro de Trabajo, para comprobar ingresos y que el más reciente se encuentre dentro de 15 días a partir de su emisión.
- 14. Considera que el último recibo de nómina tiene vigencia después de la fecha de registro del periodo de pago, si tu pago es:
- 15. Mensual: no deberá exceder de 31 días.
- 16. Quincenal, catorcenal, o semanal: no deberá exceder de 16 días.
- 17. Por comisión: 4 recibos de nómina en los que se muestre la comisión.
- 18. Constancia de antigüedad por parte del Centro de Trabajo (cuando aplique).
- 19. Carta u oficio por parte del Centro de Trabajo donde confirme percepciones fijas permanentes en efectivo (cuando aplique).
- 20. Carta u oficio donde indique las claves y conceptos de percepciones y/o deducciones (cuando aplique)