DIALOGO ENTRE PADRE E HIJO HABLANDO DE LOS ARTÍCULOS DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
D I A L O G O
Le dice su papá al hijo: después del 1º de julio lo más seguro es que nos vayamos a vivir a Houston
Contestándole su hijo: pero si allá no tenemos propiedades
PAPÀ: no te preocupes, me voy a adjudicar dos departamentos, eso es rápido!!!!
HIJO: Pero papá el ARTÍCULO 16 de la constitución dice “que nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones sino en virtud del mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento”.
Así mismo el ARTÍCULO 14 de la misma, nos dice “que nadie podrá ser privado de la libertad o de sus propiedades, o posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos”.
PAPÀ: No te preocupes aquí el que manda soy yo!!! Y de eso yo me encargo!!! , porque se trata es que se llame la atención aunque no se pueda hacer así de fácil
HIJO: También te digo que el ARTÍCULO 17 constitucional nos dice “que ninguna persona podrá hacerse justicia por sí misma, ni ejercer violencia para reclamar su derecho”.
Y también todos esos juicios tendrán que llevarse en dicho país, y ahí hablan el inglés, no el español.
Te recuerdo papa que esa no es tu función, ya que el
ARTÍCULO 21 constitucional nos dice “que para que haya un juicio para quitarle a alguien sus propiedades debe haber una investigación de los delitos y esto corresponde a los ministerios públicos y a las policías, las cuales actuaran bajo la conducción y mando de aquel en el ejercicio de esta función” acuérdate que el fiscal es autónomo.
Nada más para no te enojes el ARTÍCULO 15 constitucional nos dice “que no se autoriza la celebración de tratados para la extradición de reos políticos”,
PAPÂ: Ya deja de hablarme de tantos artículos de la constitución si sabes que nadie los respeta y en especial el ARTÍCULO 12 constitucional “En los Estados Unidos Mexicanos no se concederán títulos de nobleza, ni prerrogativas y honores hereditarios, ni se dará efecto alguno a los otorgados por cualquier otro país”.
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