Para dar certeza jurídica a actos celebrados por los ayuntamientos con distintas instituciones estatales y con ciudadanos posesionarios, la LXVI Legislatura aprobó dictámenes de acuerdo emitidos por la Comisión Permanente de Hacienda Municipal.
En la Cuarta Sesión Ordinaria del tercer año de labores, las y los integrantes de esta Soberanía autorizaron a gobiernos locales donar de manera condicional, y en su caso, revocable, fracciones de terrenos de propiedad municipal a favor de diferentes instituciones públicas.
En el caso de Álamo Tamapache, para instalaciones de una Unidad Médica Rural del programa IMSS-Bienestar; en los municipios de Carrillo Puerto, Mixtla de Altamirano, San Andrés Tuxtla y Soconusco, para la Secretaría de Educación de Veracruz (SEV) y la construcción y/o uso exclusivo de instalaciones educativas, y en José Azueta, a la Comisión de Agua del Estado de Veracruz (CAEV), para un pozo profundo de agua que abastece a la comunidad de Tesechoacán.
Además, fue concedida anuencia al ayuntamiento de Las Vigas para suscribir convenio de colaboración administrativa en materia de catastro con la Secretaría de Gobierno, a través de la Dirección General de Catastro y Valuación, con el objeto de mejorar la recaudación de los ingresos municipales, actualización del sistema de catastro y ampliación de las bases para el cálculo y determinación de las contribuciones.
Asimismo, se aprobó el dictamen de acuerdo por el que se autoriza al municipio de Chinameca enajenar a título oneroso cinco lotes de propiedad municipal de la localidad de Chacalapa para la regularización del estatus legal que permita brindar certeza jurídica a favor de las personas que los tienen en posesión desde hace varios años.
Por último, a propuesta de la Comisiones Permanentes Unidas de Hacienda Municipal y de Trabajo y Previsión Social y ante la solicitud del ayuntamiento de Cosamaloapan, las diputadas y los diputados determinaron que este Congreso no está facultado para realizar modificaciones al presupuesto de egresos de 2024, por lo que el área administrativa del ese ayuntamiento deberá aplicar las acciones necesarias para dar cumplimiento a la sentencia dictada por el Tribunal de Conciliación y Arbitraje del Poder Judicial del estado.
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