Así como el invierno, el aguinaldo se acerca, pues el límite para recibirlo es el próximo 20 de diciembre, y aunque es lo más esperado para muchos, para otros no, pues se pueden dar inconvenientes como su retención.
Aunque el aguinaldo es obligatorio desde 1970, pero existe la posibilidad de que, este derecho de los trabajadores puede ser retenido en diferentes circunstancias.
Este escenario se puede dar como deudas contraídas, por el trabajador con la empresa, daños causados, avería y otros errores.
Por otro lado, también se puede aplicar la retención del aguinaldo, si el empleado adquiere o compra productos que eran propiedad del patrón.
Un aspecto más que podría ser causal para la retención del aguinaldo, podría ser la pensión alimenticia, pues del aguinaldo se toma el porcentaje que haya sido establecido por un juez de lo familiar.
Fuera de esos escenarios, un trabajador activo, pueden recibir el aguinaldo, y en caso de que el empleador no cumpla con él, esto podría traer consecuencias legales para él.
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