La discriminación a personas con discapacidad y que usan perros de servicio es un acto prohibido. "Y debe ser sancionado".
Y es que las leyes son el fundamento de la protección a los derechos de las personas con discapacidad y de los manejadores de perros de servicio.
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Federal de Protección al Consumidor, la Ley General de las Personas con Discapacidad, la Ley General para la Inclusión de Personas con Discapacidad, la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, la Ley de Propiedad en Condominio, y en cada entidad federativa, se ha venido legislando en materia de la Ley de Protección a los Animales.
Los perros de servicio son animales que ayudan a las personas con discapacidad a realizar tareas muy importantes, como proporcionar estabilidad, recoger artículos o prevenir que un niño con autismo se desvíe, entre otras cosas.
Las normas establecen con claridad que, al encontrarnos a una persona con discapacidad visual acompañada de su perro guía, no se debe acariciar ni ofrecerle comida al perro, ya que podría distraerse y cometer un error en sus hábitos, para lo que están adiestrados.
Quienes dominan el terreno de los perros guía, y específicamente de los que son animales de servicio, suelen promover consideraciones para que toda la población evitemos distraer a los perros de servicio y no hacerlos caer en un error que podría tener graves consecuencias para la persona con discapacidad.
En ese sentido, las veces que suelen reunirse los expertos en el seno del Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad, reiteran la importancia de saber y reconocer que estos perros "no son mascotas", pues desempeñan labores asistenciales específicas, sobre todo a las personas que tienen una discapacidad visual. Así, se convierten en sus ojos, ayudándoles a evadir una infinidad de obstáculos que podrían representar un peligro.
Por experiencia de trabajo, me enteré de que los perros de servicio resultan ser seleccionados cuidadosamente, pero, además, los adiestran de tal manera que potencien al máximo un temperamento equilibrado, en lo posible, para ser un perro guía, bajo el entrenamiento de profesionales y desde que son cachorros.
La preparación de los canes cuida incluso que sean precavidos al andar en las calles, pues su labor es evitar a toda costa que le suceda algún accidente a la persona con la que han sido asignados, estando dispuestos a dar la vida por sus amos.
El adiestramiento incluye enseñanzas en el sentido de que no deben "hacer del baño" en cualquier lugar. Buscan los espacios donde hay tierra o pasto, respetando siempre sus horarios.
Enterarnos de que en el restaurante Chili´s de Plaza Américas, en Xalapa, hace unas horas no le fue permitido el acceso a Miguel Ángel Hernández Correa —quien tiene discapacidad visual— junto con su perro guía, tal y como establece la Ley Federal de Protección a los Derechos del Consumidor, muestra un problema serio de falta de cultura entre la población y la comunidad vendedora de servicios.
El artículo 58 de la Ley Federal de Protección a los Derechos del Consumidor indica que no se puede negar el servicio ni cobrar cuotas extra por el perro guía. En plena Nochebuena, Miguel Ángel Hernández Correa acusó a través de sus redes haber sido discriminado en Chili´s de Plaza Américas, en Xalapa. Esta situación podría poner en riesgo —de no prestar atención las autoridades responsables— a más personas que usan perros guía.
Las quejas de actos de discriminación contra personas usuarias de perros guía deben ser investigadas y atendidas de acuerdo con los protocolos legales correspondientes.
Se sabe que Plaza Las Américas, en Xalapa, desde hace varios años está declarada como inclusiva y "PET FRIENDLY" —que admite animales de compañía y garantiza un trato adecuado—. Esto significa que no existe un estatus similar en sitios como el restaurante Chili´s, desconociéndose cuáles otros podrían estar en la misma situación.
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