En los 212 municipios del estado ya cunde la fiebre por la sucesión en las alcaldías del año entrante, aunque no tanto en los partidos de la debilitada oposición.
Obviamente, como ocurría en el pasado durante la hegemonía del PRI, ahora la principal batalla se da entre las y los aspirantes de Morena, pues por la fuerza de la marca partidista saben que una vez postulados irán en caballo de hacienda ya que las campañas serán de mero trámite.
Sin embargo, principalmente los varones que buscan la nominación del partido guinda, parecen ignorar que en este proceso electoral prevalecen otras reglas que los pueden descarrilar en sus carreras por alcanzar estas candidaturas.
Acaba de darse recientemente, por ejemplo, el caso de la ex priista Elizabeth Morales García, quien fue postulada por el Partido del Trabajo como candidata a diputada local por el principio de la representación proporcional. La ex alcaldesa xalapeña del PRI fue registrada en el número dos de la lista plurinominal del PT, pues en la primera fue impuesto Ramón Díaz Ávila, un neoleonés que por su añeja amistad con el líder nacional Alberto Anaya Gutiérrez ha echado raíces en Veracruz donde ya fue diputado local también por la misma vía en la LXVI Legislatura anterior (2021-2024). Pero este año Díaz Ávila contendió simultáneamente como candidato de mayoría relativa por el distrito electoral local con cabecera en Coatepec, donde ganó la votación directa. Su suplente en la fórmula plurinominal es el dirigente estatal Vicente Aguilar Aguilar, quien ya se disponía a asumir la curul en la LXVII Legislatura del Estado, pero no contaba con que Morales García, quien acababa de sustituir como candidata propietaria en la lista de representación proporcional a la ex síndica xalapeña Michelle Servín González, su ex pareja sentimental, reclamó ante los tribunales electorales su derecho a ocupar esa posición legislativa apelando a la llamada "alternancia de género" que finalmente el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF)validó, echando abajo el fallo de la instancia jurisdiccional del estado que había ratificado a su líder partidista Aguilar Aguilar.
El argumento de los magistrados electorales del TEPJF es que no sólo se debía garantizar la equidad de género en la integración de la nueva Legislatura –o sea, que de las 50 curules del Congreso local por los menos 25 fuera ocupadas por mujeres–, sino que también debía respetarse y asegurarse la "alternancia de género" en la asignación de las diputaciones plurinominales, por lo que si en la elección anterior la lista de representación proporcional la había encabezado un hombre, como fue el caso del petista Ramón Díaz Ávalos en el proceso electoral de 2021, ahora correspondía ocupar ese lugar al género opuesto.
Y en el proceso electoral municipal, que ya está en marcha, seguramente prevalecerá este mismo criterio. Así que en los municipios donde los partidos registraron candidatos varones a las alcaldías en los comicios de hace tres años, ahora deberán postular a mujeres, pues de lo contrario correrán el riesgo de que los tribunales invaliden sus candidaturas en caso de ser impugnadas.
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